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19 de septiembre de 2024

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Los salarios inferiores a $880.000 no pagarán el Impuesto a las Ganancias

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El ministro de Economía, Sergio Massa, anunció que en la primera cuota del sueldo anual complementario, los salarios brutos de hasta $880.000 quedarán exentos del impuesto a las Ganancias. La medida beneficiará a más de medio millón de trabajadores y trabajadoras de todo el país.

En este sentido, el Proyecto de Decreto que aumenta la exención del inciso Z del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias implica que los sueldos anuales complementarios estarán exentos del impuesto a las ganancias si la remuneración mensual del trabajador no supera los $880.000 brutos, lo que equivale a 10 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.

Desde la cartera económica difundieron el cuadro de cómo están distribuidos esos 513 mil trabajadores que están alcanzado por este nuevo beneficio. Encabeza la lista la provincia de Buenos Aires con 176.872, le sigue CABA con 110.285 y cierra el podio Santa Fe con 42.576. Luego aparece Córdoba con 33.575.

Se trata de un beneficio extraordinario por única vez para los trabajadores que pagan el impuesto a las Ganancias, con el objetivo de que recompongan el poder adquisitivo y proyectando que esta mejora del salario de bolsillo se traduce en mayor consumo y actividad económica

La medida beneficia a 513 mil trabajadores y trabajadoras de todo el país que se encuentran sujetos a retenciones del impuesto a las Ganancias y registran salarios brutos mensuales de entre $506.230 y $ 880.000. En este sentido, más del 50% de los trabajadores que hoy pagan el impuesto a las Ganancias están alcanzados por el beneficio.

La medida anunciada por Massa implica una mejora de bolsillo promedio por empleado que supera los $ 110 mil ($ 112.600), y un incremento sobre el sueldo mensual promedio de bolsillo del 26%.

En el caso del aguinaldo, la retención del impuesto se va calculando mes a mes. Por esto, la medida propone devolver lo retenido para estos salarios en dos cuotas mensuales, iguales y consecutivas, junto con el cobro de las remuneraciones mensuales devengadas en los meses de junio y julio. Para ello, los empleadores deberán exponer la devolución en un renglón separado del recibo de sueldo, identificando claramente el beneficio de la medida.

Sector por sector

  • Industria manufacturera: 92,640 trabajadores y trabajadoras beneficiados.
  • Enseñanza: 72,598 trabajadores y trabajadoras beneficiados.
  • Intermediación financiera y servicios de seguro: 56,059 trabajadores y trabajadoras beneficiados.
  • Servicios de transporte y almacenamiento: 43,570 trabajadores y trabajadoras beneficiados.
  • Información y comunicaciones: 41,633 trabajadores y trabajadoras beneficiados.
  • Salud humana y servicios sociales: 33,682 trabajadores y trabajadoras beneficiados.
  • Comercio al por mayor y por menor y reparación de vehículos automotores: 29,110 trabajadores y trabajadoras beneficiados.
  • Exploración de minas y canteras: 28,501 trabajadores y trabajadoras beneficiados.
  • Construcción: 19,669 trabajadores y trabajadoras beneficiados.
  • Servicios de asociaciones y servicios personales: 18,161 trabajadores y trabajadoras beneficiados.
  • Suministros de electricidad, gas, vapor y aire acondicionado: 16,923 trabajadores y trabajadoras beneficiados.
  • Policía y fuerzas de seguridad: 14,582 trabajadores y trabajadoras beneficiados.
  • Servicios profesionales, científicos y técnicos: 13,770 trabajadores y trabajadoras beneficiados.
  • Actividades administrativas y servicios de apoyo: 12,552 trabajadores y trabajadoras beneficiados.
  • Suministros de agua, cloacas, gestión de residuos y recuperación de materiales: 8,376 trabajadores y trabajadoras beneficiados.
  • Agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca: 4,515 trabajadores y trabajadoras beneficiados.
  • Servicios artísticos, culturales, deportivos y de esparcimiento: 3,092 trabajadores y trabajadoras beneficiados.
  • Servicios de alojamiento y de comida: 2,236 trabajadores y trabajadoras beneficiados.
  • Servicios inmobiliarios: 1,013 trabajadores y trabajadoras beneficiados.
  • Servicios de organizaciones y órganos extraterritoriales: 318 trabajadores y trabajadoras beneficiados.
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